La Prisión Permanente Revisable (PPR) es una pena privativa de libertad de duración indefinida, aunque sujeta a revisión tras un período mínimo de cumplimiento. Se introdujo en el Código Penal español en 2015.
Características Generales: La Prisión%20Permanente%20Revisable implica que el condenado permanecerá en prisión hasta que un tribunal considere que se cumplen las condiciones para su revisión y eventual excarcelación. No se trata de cadena perpetua pura, ya que ofrece la posibilidad de revisión.
Delitos Aplicables: Se aplica para delitos de excepcional gravedad, específicamente tipificados en el Código Penal, como:
Revisión de la Pena: Tras un período mínimo de cumplimiento (que varía según el delito y las circunstancias del condenado, pudiendo ser de 25 a 35 años), se puede solicitar la revisión de la pena. La Revisión%20de%20la%20Pena implica que un tribunal evaluará si el penado se ha rehabilitado, muestra arrepentimiento y asume la responsabilidad por sus actos, y si existe un riesgo real de que vuelva a cometer delitos.
Debate y Controversia: La PPR ha sido objeto de un intenso debate en España, con argumentos a favor basados en la protección de la sociedad y el castigo proporcional a delitos extremadamente graves, y argumentos en contra basados en la consideración de que vulnera el principio de resocialización del penado y se asemeja a la cadena perpetua, prohibida por la Constitución Española. La Controversia%20sobre%20la%20PPR sigue presente en la sociedad y el ámbito jurídico.
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